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Percepción de ganancias: como solicitar la devolución

29/01/2626 | Blog

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¿Sabías que si sos monotributista o no estás alcanzado por el impuesto a las ganancias podés recuperar la percepción de ganancias sufridas durante el año? En el Estudio Alba Teruel te explicamos todo lo que tenés que saber para gestionar este trámite con éxito.

¿Quiénes pueden solicitar la devolución?

El trámite está dirigido a aquellos contribuyentes que sufrieron retenciones de ganancias a lo largo del 2025 pero que, por su condición fiscal, no pueden compensarlas en una declaración jurada anual. Esto incluye principalmente a:

  • Monotributistas.
  • Empleados en relación de dependencia que no llegan al mínimo no imponible.

Puntos clave que debés conocer

Para que tu solicitud no sea rechazada por ARCA, tené en cuenta estas reglas fundamentales:

  1. Sin fecha de vencimiento: Este trámite se puede presentar en cualquier momento. Incluso podés solicitar períodos anteriores (2020 a 2024) si aún no lo hiciste.
  2. Presentación mensual: Se debe completar un formulario por cada mes en el cual sufriste la percepción de ganancias.
  3. Carga manual: Si alguna percepción no figura en el sistema, podés cargarla manualmente, aunque quedará sujeta a una fiscalización más rigurosa.
  4. Cobro por CBU: El dinero se acredita directamente en la cuenta bancaria que hayas declarado en el servicio «Declaración de CBU» de la web oficial.
Percepción de ganancias

Requisitos técnicos obligatorios

Antes de empezar, verificá que cumplís con estos 4 pilares:

  • Contar con CUIT activo.
  • Tener un CBU informado ante el organismo.
  • Poseer Domicilio Fiscal Electrónico constituido.
  • Tener habilitado el servicio interactivo «Devolución de Percepciones».

⚠️ A tener en cuenta: El contribuyente NO debe tener deudas pendientes y sus niveles de consumo deben ser coherentes con sus ingresos declarados para evitar observaciones.

¿Qué pasa si estás inscripto en Ganancias?

Si este es tu caso, el procedimiento es distinto: las percepción de ganancias no se solicitan por devolución directa, sino que deben informarse como pagos a cuenta en tu declaración jurada anual que vence en mayo.

Para mayor información comunicate con nosotras al +54 (11) 5177 – 8572